¿Usaron tu foto o imagen sin permiso? Lo que dice la Corte Suprema sobre el Derecho a la Imagen
En la actualidad, la facilidad con la que se capturan, reproducen y difunden contenidos a través de internet y las redes sociales ha convertido a nuestra identidad visual en un blanco constante de vulneraciones. ¿Te encontraste con que publicaron tu fotografía sin autorización, o vinculan tu imagen con fines comerciales o contenidos ajenos a tu voluntad? Como estudio jurídico especializado, en J&C Soluciones analizamos el marco legal vigente y los recientes criterios de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para defender tus derechos personalísimos.
El Marco Legal: La protección de la dignidad y la propia imagen
Nuestro ordenamiento jurídico es claro en cuanto a que la persona humana es inviolable y tiene derecho al reconocimiento y respeto de su dignidad, intimidad, honor e imagen (artículos 51 y 52 del Código Civil y Comercial de la Nación).
El artículo 53 del Código Civil y Comercial establece una regla general contundente: para captar o reproducir la imagen o la voz de una persona, de cualquier modo que se haga, es necesario su consentimiento. Asimismo, la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual ratifica en su artículo 31 que el retrato fotográfico no puede ser puesto en comercio ni divulgado sin la autorización expresa de su titular.
¿Cuándo SÍ es lícito utilizar una imagen sin consentimiento?
La normativa prevé excepciones muy específicas donde el derecho a la imagen cede ante otros intereses de rango constitucional, tales como:
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Actos públicos: Cuando la persona participa en eventos de dicha naturaleza.
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Interés prioritario: Cuando existe un fin científico, cultural o educacional prioritario, tomando recaudos para evitar daños innecesarios.
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Ejercicio regular del derecho a informar: Relacionado con acontecimientos de interés general o noticias de trascendencia pública.
Sin embargo, la Corte Suprema ha remarcado en reiteradas oportunidades que el derecho a informar no constituye un cheque en blanco para avasallar la privacidad, el domicilio ni la intimidad de las personas.
Criterios Clave de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
A través de su Secretaría de Jurisprudencia, el máximo tribunal ha fijado pautas fundamentales en la materia:
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El consentimiento no se presume: Conforme al art. 55 del CCCN, la autorización para disponer de los derechos personalísimos debe ser una manifestación de voluntad positiva, inequívoca, de interpretación restrictiva y libremente revocable. No basta con presunciones o autorizaciones tácitas.
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Límites a la labor periodística y comercial: Si bien la libertad de expresión es un pilar democrático, la difusión de imágenes familiares o de situaciones íntimas fuera de un contexto de estricto interés general —o la utilización comercial de imágenes sin retribución ni acuerdo previo— genera responsabilidad civil e indemnizatoria.
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El uso en internet y buscadores: La jurisprudencia ha delimitado las responsabilidades de los intermediarios tecnológicos (como motores de búsqueda que utilizan vistas miniatura o thumbnails), diferenciándolos de aquellos creadores de contenidos o sitios web que vulneran directamente los derechos de las personas al asociarlas de manera indebida a páginas comerciales, eróticas o de otra índole sin autorización.
¿Qué podés hacer si vulneraron tu derecho a la imagen?
Si fuiste víctima de una intromisión ilegítima en tu esfera privada, la difusión no consentida de fotografías, o la utilización comercial de tu imagen:
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Tenés derecho a reclamar judicialmente la prevención y el cese inmediato de la difusión.
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Podés exigir el resarcimiento integral por los daños y perjuicios sufridos (tanto materiales como morales). https://jycsoluciones.com.ar/reclamo-por-danos-y-perjuicios/
En J&C Soluciones, contamos con el respaldo profesional para evaluar tu caso de manera rigurosa, intimar a los responsables y accionar legalmente en defensa de tu dignidad e intimidad. Se puede realizar la consulta legal de manera presencial o virtual. https://jycsoluciones.com.ar/consulta-legal-urgente/
¿Necesitás asesoramiento legal especializado sobre este tema? Contactate con nosotros a través de nuestra web J&C Soluciones y un profesional de nuestro equipo evaluará tu situación particular.
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